Como has visto, HUNK, este hilo fue uno de los afectados por la migración al otro servidor y unos cuantos posts han desaparecido. Como mi post no me lo guardé, aunque seguro que lo leíste, y no soy capaz de volver a reescribirlo, haré un resumen.
Es que no hay otro artículo. Además, a los redactores de la Constitución les debió parecer muy fuerte la palabra "destitución" y por ello no aparece el Título II, y sí las palabras "inhabilitare" e "imposibilidad". Eufemismos.Iniciado por HUNK @ Sabado Nov 24, 2007 5:46 am
Otra solución, aunque muy farragosa, larguísima y polémica, para el caso de que la dejadez de funciones del Rey provocaran una parálisis del país, sería la reforma del Título II de la Constitución, para así hacer las cosas más fáciles.
Ya lo sé, ya lo calculé en su momento. Las Casas Reales suelen tener muchos recambios, siempre hay alguien a quién poder escoger.Iniciado por HUNK @ Sabado Nov 24, 2007 5:46 am
No creas que sería tan improbable, porque entonces pasaría a ser un problema político, y los políticos ya se inventarían algo. Pactarían. ¿No ves que no hay nada más bajo que la política?Iniciado por HUNK @ Sabado Nov 24, 2007 5:46 am
Bueno, ya lo dijimos anteriormente, la redacción del árticulo 59 deja mucho que desear, como otros de la Constitución.Iniciado por HUNK @ Sabado Nov 24, 2007 5:46 am
Totalmente de acuerdo, el II un título blindado, como el Preliminar. Se pueden reformar, pero sería algo muy complicado.Iniciado por HUNK @ Sabado Nov 24, 2007 5:46 am



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